SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
INTENDENCIA DE ADUANA DE TACNA
NOTIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
(Publicado en el Boletín del Diario Oficial El Peruano el 13.11.2012)
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - Intendencia de Aduana de Tacna, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 104º inciso e) del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y normas modificatorias, cumple con NOTIFICAR a la persona natural que se detalla a continuación que se ha decretado sanción de MULTA y otros actos administrativos a través de Resolución de Intendencia (R.I.) respectiva, en aplicación de la Ley N° 28008 Ley de los Delitos Aduaneros, debiendo apersonarse a recabar sus correspondientes documentos, en la Intendencia de de Aduana Tacna ubicada en Av. Industrial, Mz. A, Lote 5 y 6 - Tacna, a recabar copia del documento notificado.
Los deudores tributarios pueden autorizar a una tercera persona a recabar sus respectivos documentos, para lo cual deberán adjuntar, en caso de ser persona natural, carta de autorización firmada por el deudor y fotocopia del documento de identidad del mismo. En caso de ser persona jurídica, carta de autorización del representante legal con sello de la empresa y fotocopia de la ficha RUC de la misma; además en este caso, deberán informar su nuevo domicilio fiscal.
Asimismo, se hace de conocimiento que el acto administrativo, objeto de notificación podrá ser impugnado dentro del término de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente de la presente publicación.
Documento
de Identidad
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Infractor
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Acta de Incautación
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Resolución de Intendencia
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Determinación
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Liquidación de Cobranza
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Monto US$
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Intereses en US$ (al 05.11.2012)
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DIE
Nº 394573
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FAVIOLA ALVIS ORDOÑEZ
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172-202-2012-2022
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172-3G0000-2012-003357
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ARTÍCULO PRIMERO.- Promover de oficio la adecuación al fundamento legal de la intervención realizada con el Acta de Incautación N° 172-202-2012-2022 al tipo legal prescrito en el literal d) del articulo 2 en concordancia con el articulo 33 ° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, por ser la norma de correcta aplicación, de conformidad con lo prescrito en el artículo 145° de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL COMISO de las mercancías descritas en el Acta de Incautación N° 172-202-2012-2022 del 20/07/2012, intervenidas a FAVIOLA ALVIS ORDOÑEZ, identificado (a) con DIE N°394573, de conformidad con el artículo 38° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- SANCIONAR a FAVIOLA ALVIS ORDOÑEZ identificado (a) con DIE Nº 394573, CON LA MULTA ascendente a la suma de $164.00 dólares americanos, correspondientes a dos veces los tributos dejados de pagar, respecto de las mercancía referida en el artículo segundo de la presente resolución, de conformidad con el artículo 36º de la Ley Nº 28008, debiéndose remitir la presente a la Oficina de Oficiales para la emisión de la Liquidación de Cobranza antes de su notificación.
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172-2012-052501
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164.00
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4.00
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RUC
Nº 10214894101
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FLOR JUANA CUSIATADO DE SERVELEON
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172-201-2012-000805
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172-3G0000-2012-003369
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ARTÍCULO PRIMERO.- Promover de oficio la adecuación al fundamento legal de la intervención realizada con el Acta de Incautación N° 172-201-2012-000805 al tipo legal prescrito en el literal d) del articulo 2 en concordancia con el articulo 33 ° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, por ser la norma de correcta aplicación, de conformidad con lo prescrito en el artículo 145° de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL COMISO de las mercancías descritas en el Acta de Incautación N° 172-201-2012-000805 del 19/07/2012, intervenidas a FLOR JUANA CUSIATADO DE SERVELEON, identificado (a) con RUC N°10214894101, de conformidad con el artículo 38° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- SANCIONAR a FLOR JUANA CUSIATADO DE SERVELEON identificado (a) con RUC N°10214894101, CON LA MULTA ascendente a la suma de $ 258.00 dólares americanos, correspondientes a dos veces los tributos dejados de pagar, respecto de las mercancía referida en el artículo segundo de la presente resolución, de conformidad con el artículo 36º de la Ley Nº 28008, debiéndose remitir la presente a la Oficina de Oficiales para la emisión de la Liquidación de Cobranza antes de su notificación.
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172-2012-052515
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258.00
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6.00
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RUC
Nº 10215521031
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CARLOS JESUS HUARCAYA GOMEZ
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172-201-2012-000806
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172-3G0000-2012-003370
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ARTÍCULO PRIMERO.- Promover de oficio la adecuación al fundamento legal de la intervención realizada con el Acta de Incautación N° 172-201-2012-000806 al tipo legal prescrito en el literal d) del articulo 2 en concordancia con el articulo 33 ° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, por ser la norma de correcta aplicación, de conformidad con lo prescrito en el artículo 145° de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL COMISO de las mercancías descritas en el Acta de Incautación N° 172-201-2012-000806 del 19/07/2012, intervenidas a CARLOS JESUS HUARCAYA GOMEZ, identificado (a) con RUC N° 10215521031, de conformidad con el artículo 38° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- SANCIONAR a CARLOS JESUS HUARCAYA GOMEZ identificado (a) con RUC N° 10215521031, CON LA MULTA ascendente a la suma de $ 616.00 dólares americanos, correspondientes a dos veces los tributos dejados de pagar, respecto de las mercancía referida en el artículo segundo de la presente resolución, de conformidad con el artículo 36º de la Ley Nº 28008, debiéndose remitir la presente a la Oficina de Oficiales para la emisión de la Liquidación de Cobranza antes de su notificación.
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172-2012-052517
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616.00
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14.00
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RUC
Nº 100046476188
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JOSE JOHNNY MOYANO CUETO
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172-201-2012-000821
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172-3G0000-2012-003373
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ARTÍCULO PRIMERO.- Promover de oficio la adecuación al fundamento legal de la intervención realizada con el Acta de Incautación N° 172-201-2012-000821 al tipo legal prescrito en el literal d) del articulo 2 en concordancia con el articulo 33 ° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, por ser la norma de correcta aplicación, de conformidad con lo prescrito en el artículo 145° de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL COMISO de las mercancías descritas en el Acta de Incautación N° 172-201-2012-000821 del 21/07/2012, intervenidas a JOSE JOHNNY MOYANO CUETO, identificado (a) con RUC N° 100046476188, de conformidad con el artículo 38° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- SANCIONAR a JOSE JOHNNY MOYANO CUETO identificado (a) con RUC N° 100046476188, CON LA MULTA ascendente a la suma de $ 307.00 dólares americanos, correspondientes a dos veces los tributos dejados de pagar, respecto de las mercancía referida en el artículo segundo de la presente resolución, de conformidad con el artículo 36º de la Ley Nº 28008, debiéndose remitir la presente a la Oficina de Oficiales para la emisión de la Liquidación de Cobranza antes de su notificación.
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172-2012-052448
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307.00
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7.00
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DNI
Nº 45759292
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JOSE MIGUEL ROCA ALHUAY
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172-204-2012-001770
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172-3G0000-2012-003379
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ARTÍCULO PRIMERO.- Promover de oficio la adecuación al fundamento legal de la intervención realizada con el Acta de Incautación N° 172-204-2012-001770 al tipo legal prescrito en el literal d) del articulo 2 en concordancia con el articulo 33 ° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros, por ser la norma de correcta aplicación, de conformidad con lo prescrito en el artículo 145° de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativos General.
ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR EL COMISO de las mercancías descritas en el Acta de Incautación N° 172-204-2012-001770 del 17/07/2012, intervenidas a JOSE MIGUEL ROCA ALHUAY, identificado (a) con DNI N° 45759292, de conformidad con el artículo 38° de la Ley N° 28008, Ley de los Delitos Aduaneros.
ARTÍCULO SEGUNDO.- SANCIONAR a JOSE MIGUEL ROCA ALHUAY identificado (a) con DNI N° 45759292, CON LA MULTA ascendente a la suma de $ 180.00 dólares americanos, correspondientes a dos veces los tributos dejados de pagar, respecto de las mercancía referida en el artículo segundo de la presente resolución, de conformidad con el artículo 36º de la Ley Nº 28008, debiéndose remitir la presente a la Oficina de Oficiales para la emisión de la Liquidación de Cobranza antes de su notificación.
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172-2012-052476
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180.00
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4.00
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